Defensoría apoya iniciativa para fomentar empleo en personas mayores de 45 años
- Costa Rica
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La Defensoría de los Habitantes emitió una serie de observaciones al texto sustitutivo del proyecto de ley 21.252 que pretende fomentar oportunidades de empleo para personas mayores de 45 años.
La nueva propuesta presentada en corriente legislativa ofrece un beneficio atractivo al sector empresarial, situación que se materializa al momento en que los patronos comprueben, mediante una certificación emitida por la CCSS, que un porcentaje de su planilla está conformada por una cantidad porcentual de trabajadores(as) con edades superiores a los 45 años.
Uno de los aspectos a resaltar de esta iniciativa de ley es que pretende evitar la discriminación por motivo de edad, que a la fecha es considerada prohibida por el Código de Trabajo e incluso es sancionada en la nueva Reforma Procesal Laboral, misma que fue aprobada en diciembre de 2015.
Para la Defensoría es importante indicar que estas contrataciones vienen a beneficiar a los y las trabajadoras al garantizarle seguridad en la estabilidad laboral, si bien es cierto el proyecto hace mención a un año, esto podría cambiar y convertirse en contrataciones indefinidas, situación que generaría en la persona cambios significativos en lo profesional, económico, salud mental y sobre todo en lo familiar.
Una de varias observaciones se relaciona con el inciso d) adicionado al artículo 24 de la Ley de impuesto sobre la Renta, que tiene aspectos a valorar para lograr ponderar un balance al momento de desplegar la actividad legislativa, pues deberá tomar en cuenta, por un lado, la afectación en los ingresos del Estado, dado que se dejaría de percibir hasta un 10% en el pago de ese impuesto, pero por otro lado, la propuesta brinda un estímulo a que los contribuyentes opten por reportar a sus colaboradores en planillas con la finalidad de obtener este beneficio tributario, y así evitar que el contribuyente opte por utilizar otra figura o que, se apliquen contratos por la modalidad de servicios profesionales.
Es importante que se verifique que las personas contratadas se mantengan trabajando durante el mínimo del año establecido y en caso de incumplimiento se valore interponer una sanción económica o pagar lo que se dejó de aportar por haber recibido el beneficio. También se hizo la observación de que las disposiciones de la ley se apliquen únicamente para las nuevas contrataciones a partir de su entrada en vigencia, debido a que ello podría generar una afectación al principio de continuidad laboral, en tanto puede derivar en ceses temporales, reducción de tiempo laboral o recontrataciones previa destitución. Oficina de Comunicación Institucional Defensoría de los Habitantes