La Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de Derechos Humanos del Continente Americano[1] (RINDHCA) ha tenido conocimiento de los hechos acontecidos recientemente en la República del Haití.
Según informó en un comunicado el primer ministro interino Claude Joseph, el presidente de la República, Jovenel Moïse, fue asesinado el 7 de julio de 2021 por la madrugada, en un ataque armado perpetrado en su residencia privada, ataque en el que además resultó herida su esposa, Martine Moïse, quien se encuentra hospitalizada.
Asimismo, se conoció que, a raíz de los hechos arriba mencionados, el primer ministro Joseph ha tomado el control del país, declarando estado de emergencia, y cerrando las fronteras del Haití a fin de realizar las respectivas investigaciones.
Al respecto, la RINDHCA lamenta profundamente la situación actual del Haití, un país que lleva años siendo azotado por la inestabilidad política crónica, la pobreza, la violencia y los desastres naturales, todo lo cual le ha dejado como uno de los países más pobres de América Latina. Lo más reciente, sin duda, es de las acciones más reprochables.
En ese sentido, resulta necesario recordar que, para poder lograr una sociedad democrática, el Estado de Derecho y los derechos humanos constituyen un conjunto, donde cada uno de los componentes institucionales se definen, se completan y adquieren sentido mutuamente.
Asimismo, es necesario garantizar el rol fundamental de la independencia y de la actuación de todos los poderes públicos y las instituciones de control, en particular de los poderes judiciales y legislativos, cuyo funcionamiento debe ser asegurado aún en contextos de excepción.
Por lo tanto, RINDHCA como organización preocupada por la protección de los Derechos Humanos, EXPRESA:
1. Condenamos todo hecho de violencia, y nos solidarizamos con la víctima sobreviviente del ataque, así como también con las demás víctimas de violaciones de derechos humanos, por la inseguridad e inestabilidad política que se vive en el país;
2. solicitamos a las autoridades del país de Haití, asegurar que toda restricción o limitación que se imponga a los derechos humanos con la finalidad de esclarecer los hechos y detener a los responsables del crimen, cumpla con los requisitos establecidos por los estándares internacionales. En particular, que dichas restricciones cumplan con el principio de legalidad, necesaria en una sociedad democrática; por lo cual, que dichas limitaciones sean estrictamente proporcionales para atender la finalidad legítima.
3. Asimismo, instamos a las autoridades de los poderes ejecutivo y judicial que realicen todas las acciones correspondientes para individualizar responsabilidad de los autores intelectuales y materiales de los hechos, sin sesgos ni criterios políticos partidarios.
4. Expresamos nuestro apoyo al titular de la Oficina de Protección al Ciudadano (OPC)[2] de Haití, en la realización de su importante y necesaria labor como defensor de derechos humanos. Para lo cual, instamos a las diferentes autoridades del gobierno a respetar el trabajo que realiza la Institución Nacional de Derechos Humanos de ese país, promoviendo con ello la independencia y autonomía que regulan los Principios de París[3] para cada Institución Nacional de Derechos Humanos del mundo.
Reiteramos la importancia del hecho que los Estados garanticen el respeto de los derechos humanos de toda la población, por lo que pedimos a los Organismos Internacionales y el Cuerpo Diplomático acreditado en ese país, estar atentos a que se respeten los mismos a toda la población del Haití
San Salvador, 12 de julio 2021.
José Apolonio Tobar Serrano
Secretario General de RINDHCA.
[1] Formada por las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de los siguientes países: 1) Argentina, 2) Bolivia, 3) Canadá, 4) Chile, 5) Colombia, 6) Costa Rica, 7) El Salvador, 8) Ecuador, 9) Guatemala, 10) Haití, 11) Honduras, 12) México, 13) Nicaragua, 14) Panamá, 15) Perú, 16) Uruguay, 17) Paraguay; y 18) Venezuela.
[2] Es una institución independiente creada por la Constitución de 1987 de acuerdo con los Principios de París. Se rige por la ley orgánica de 3 Mayo de 2012 y está acreditado para el estatus A con la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos por su cumplimiento de los Principios de París. https://www.rindhca.org/actualidad/indh/haiti
[3] En ellos se establece como uno de sus pilares fundamentales, la necesidad de gozar de independencia, en el ejercicio de su mandato y en el desarrollo de sus investigaciones a fin de que puedan cumplir con su objetivo de proteger y promover los derechos humanos de toda la población.