Declaración 08/2020 sobre la Oficina de Protección del Ciudadano INDH de HAITI
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La Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano (RINDHCA), organización regional miembro de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI) y que reúne a 18 Oficinas de Ombudsman Americanas, expresa desde su Secretaría General su profunda preocupación ante la situación que viene enfrentado la Oficina de Protección del Ciudadano de Haiti en su condición de Institución Nacional del Derechos Humanos, especificamente en el nombramiento y designación de algunos de sus altos funcionarios por acciones provenientes del gobierno.
Desde la Secretaria General de la RINDHCA expresamos una gran inquietud frente a estos hechos, que afectarían de manera muy importante al mandato de la Oficina de Protección del Ciudadano de Haiti (OPC) y que significarían un agravio a la propia naturaleza de la institución que se funda en los Principios de Paris conforme a los enunciados autonomía e independencia funcional.
Atendiendo a ello, Secretaria General de la RINDHCA invoca a las autoridades de Gobierno de la Republica de Haití a proteger el ejercicio, actuación e independencia de la Oficina de Protección del Ciudadano (OPC), a respaldar su institucionalidad y a amparar a su titular, recordando que las democracias mas relevantes, cuentan con solidas Instituciones Nacionales de Derechos Humanos.
Finalmente, la Secretaria General de la RINDHCA emiten un contundente respaldo a la Institución de Derechos Humanos de Haití respecto de sus actuaciones, mismas que evidencian compromiso y servicio por los Derechos Humanos y que han sido puestos en evidencia con mayor fuerza en los presentes contextos de emergencia mundial frente a la crisis COVID.
Es importante hacer mención a la Resolución de 18 de diciembre de 2013 (A/RES/68/171) Asamblea General de las Naciones Unidas, que establece que: “las instituciones nacionales de derechos humanos y sus respectivos miembros y personal no deberían enfrentarse a ninguna forma de represalia o intimidación, entre otras, la presión política, la intimidación física, el acoso o las limitaciones presupuestarias injustificables, como resultado de actividades llevadas a cabo en virtud de sus respectivos mandatos, incluso cuando se ocupen de casos individuales o informen sobre violaciones graves o sistemáticas en sus países”.
Septiembre de 2020
José Apolonio Tobar
Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador
Secretario General de la RINDHCA