Declaración 04/2020 Desafíos de la COVID-19 para los sistemas de salud en la Comunidad Iberoamericana de Naciones
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La Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO) y la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano (RINDHCA), organizaciones internacionales que reúnen a más de 100 oficinas representativas de la casi integridad de los Ombudsman de América e Iberoamérica,
mediante la presente declaración que se efectúa tras la celebración de una reunión virtual con la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - REDESCA, expresan su profunda preocupación por los efectos que la pandemia global del Covid-19 tiene en los sistemas sanitarios de la región.
En efecto, en muchos países existen graves carencias estructurales en los sistemas sanitarios, tanto en términos de infraestructura como de insumos médicos y también falta de personal, lo que unido en ocasiones a reacciones tardías, han ocasionado un mayor efecto de la pandemia.
Considerando que no existen en la fecha ni vacunas ni medicamentos en el arsenal terapéutico que puedan combatir de modo eficaz esta enfermedad.
Subrayando la importancia de adoptar a tiempo medidas de carácter preventivo para evitar la rápida propagación de la enfermedad. Entre dichas medidas y protocolos destacan los test, la trazabilidad, el aislamiento y la cuarentena.
Resaltando la necesidad de cohonestar las necesidades sanitarias preexistentes con las derivadas de la pandemia.
Considerando que existe en la región un gran sector de población vulnerable, por circunstancias físicas, como la edad o la discapacidad; o por circunstancias económicas como la pobreza.
Resaltando que la salud es un bien público que debe ser protegido por todos los Estados y que el derecho humano a la salud es un derecho de carácter inclusivo, que se relaciona con otros derechos, y cuyo contenido incluye al derecho de toda persona a gozar del más alto nivel de bienestar físico, mental y social. Asimismo, que este derecho incluye la atención de salud oportuna y apropiada, así como la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los servicios, bienes e instalaciones de salud, incluyendo los medicamentos y los beneficios del progreso científico en esta área, en condiciones de igualdad y no discriminación.
EXHORTAMOS,
A que se mejore la cobertura sanitaria pública, de modo que resulte universal y no se deje a nadie atrás, dotándola de capacidad de respuesta para esta y otras pandemias que pudieran surgir en el futuro
A que, en línea con el tercer objetivo de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 (ODS) adoptada por la ONU, no se discrimine en la atención sanitaria ni por origen étnico, ni por edad ni por estrato social o económico. Un cuidado especial ha de tenerse con las personas mayores, las pertenecientes a pueblos originarios, las que viven en la pobreza, en asentamientos informales o están en situación de calle.
A que, también en consonancia con los ODS 2 y 6, toda la población tenga asegurados derechos básicos como el derecho al agua, al saneamiento o a una alimentación adecuada.
A que los Gobiernos pongan a disposición de toda la población los medios más eficaces para controlar la pandemia. En un contexto de emergencia como la pandemia de la COVID-19, se habla de salvar vidas por lo que la política y los negocios no son prioridad. De este modo, cuando existan vacunas o medicamentos, deben ponerse a disposición de los servicios públicos sanitarios de modo gratuito o con un copago asumible.
A que se proteja a los trabajadores/as y profesionales del sector Salud: dotarles de insumos de bio seguridad necesarios y condiciones justas, equitativas y satisfactorias de trabajo, que eviten los contagios al ejercer su indispensable labor.
A que se adopten con inmediatez todas las medidas que permitan la vuelta a la normalidad económica en cuanto se den las condiciones para ello.
A proteger los derechos al cuidado, al duelo y al beneficio del progreso científico.
Consideramos, en línea con las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas
A/RES/74/274 y con la RESOLUCIÓN NO. 1/2020 sobre PANDEMIA Y DERECHOS HUMANOS EN LAS AMÉRICAS (adoptada por la CIDH el 10 de abril de 2020), que todas las medidas deben ser adoptadas con un enfoque inequívoco de derechos humanos, porque la pandemia ha demostrado que los estados que mejor responden no son los que más recursos tienen, sino los que ponen los derechos humanos como guía primordial para el desarrollo de las políticas públicas.
2 de Junio de 2020