México alberga un sinfín de historias de violencia, injusticias y abusos de poder, consecuencia de las propias contradicciones de la evolución de la sociedad mexicana, y de sus instituciones. El Caso Ayotzinapa, plasmado en la Recomendación 15VG/2018, es una de esas historias, una profunda herida en la memoria colectiva de la sociedad mexicana, que acompaña el dolor y la zozobra con que han tenido que vivir las madres y padres de los 43 estudiantes normalistas desde el 27 de septiembre de 2014.
El Caso Ayotzinapa es una historia del horror, de ignominia, de terror, de impunidad y de corrupción, que enmarcan a la violencia estructural, a las prácticas sistemáticas de tortura y de desaparición forzada, que aún se encuentran anquilosadas en las instituciones del Estado, particularmente en aquellas diseñadas para garantizar y proveer seguridad a la sociedad, junto con las que son responsables de la administración y procuración de justicia.
Adicional a lo anterior, se suscitan prácticas institucionales de revictimización de las personas en situación de víctimas, particular y dolorosamente por parte de los organismos protectores de derechos humanos, como la CNDH, de tal suerte que las madres y padres de los 43 normalistas han manifestado su inconformidad respecto a diversos aspectos de la Recomendación 15VG/2018, tales como:
1. Las prácticas de revictimización, estigmatización y criminalización de los estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos”, de Ayotzinapa.
2. La dilación para la elaboración y presentación de la Recomendación, ya que los hechos victimizantes se dieron en septiembre de 2014, y la Recomendación 15VG/2018 se presentó el 28 noviembre de 2018 es decir, 4 años después.
3. La Recomendación carece de una aplicación robusta del enfoque de derechos humanos y de atención victimológica.
4. Por su redacción, el documento avala de facto la formulación de la verdad histórica; si bien no lo señala tácitamente, su argumentación lo hace en sí misma, sin aportar nada a la Verdad y a la Justicia.
Frente a ello, con base en el Acuerdo firmado por la presidenta de este organismo nacional el 18 de marzo de 2020, que ordenó la reapertura de los expedientes de queja en los que exista una inconformidad o reclamo de parte de las personas en situación de víctimas sobre el trámite que se dio a su expediente1 , desde esa fecha, la CNDH se ha dado a la tarea de hacer una análisis integral de la Recomendación 15VG/2018, resultado del expediente de queja CNDH/1/2014/6432/Q/VG, el cual consta a la fecha del presente documento de 1,255 tomos y 1 millón 100 fojas, donde se documentan las diversas actuaciones que este organismo nacional realizó a partir de que tuvo conocimiento de los hechos victimizantes, hoy visibilizadas mediante el Informe de la Recomendación 15VG/2018: La lucha imparable de todos los días, que presentamos a toda la sociedad mexicana.
Para integrarlo y darle sustento, se formuló una metodología de carácter interdisciplinaria y multidisciplinaria, con la finalidad de generar un documento que analice las actuaciones que realizó la Comisión, la existencia de omisiones, inconsistencias o extralimitaciones de sus funciones, en el marco de las investigaciones realizadas por ella misma, respecto a las violaciones graves a los derechos humanos, de tal suerte que las dimensiones analíticas del Informe, incluyen:
A. Enfoque de derechos humanos. Dada la naturaleza de la CNDH, la fundación teórica y práctica de sus actuaciones se rige por los principios que en materia de derechos humanos yacen en los diversos instrumentos internacionales y nacionales de garantía y protección de los derechos humanos.
B. Estándar de investigación. Entendido como la metodología que debe regir las actuaciones de la CNDH para documentar e investigar las posibles violaciones a los derechos humanos que las personas denuncian mediante queja, y que difiere del enfoque de investigación penal que se utiliza en materia de delitos.
C. Enfoque victimológico. Una de las directrices centrales en la atención a las personas en situación de víctimas es la atención psicosocial, diferencial y especializada, orientada a proporcionar las medidas de ayuda inmediata, de asistencia y de acompañamiento médico, psicológico y legal para garantizar la reparación integral de las mismas, situación que es de reciente reconocimiento por parte del Estado mexicano y de sus agencias e instituciones.
El Informe de la Recomendación 15VG/2018: La lucha imparable de todos los días, está organizado en 18 apartados que documentan las actuaciones y omisiones que tuvieron las distintas agencias e instituciones responsables de las investigaciones ministeriales, y también se documentan las actuaciones que llevó a cabo la CNDH, y que son el fundamento para la elaboración de la recomendación objeto de estudio.
De igual forma, incluye una ruta para la reparación integral, que inicia con la presentación de una disculpa pública hacia las personas en situación de víctimas. Hay una necesidad urgente de reconocer públicamente las fallas y omisiones de las actuaciones de esta Comisión Nacional, a fin de realizar acciones en favor de las personas en situación de víctimas, y coadyuvar a la mayor participación en las investigaciones por parte de las madres y padres de los 43 estudiantes desaparecidos, un derecho que la propia Ley General de Víctimas les reconoce, pero que, sobre todo, es hoy por hoy un imperativo de empatía y sensibilidad ante el dolor que en estos casi 8 años han vivido, al desconocer el paradero de sus hijos.
Entre los resultados que arroja el Informe, destacan:
1. Que no hubo un enfoque diferencial y especializado, al momento de redactar la recomendación y en especial al momento de brindar atención a las personas en situación de víctimas, dado que varios estudiantes, así como sus madres o padres pertenecen a pueblos indígenas que habitan el estado de Guerrero.
2. Que los dictámenes u opiniones técnicas que emitió personal de la CNDH en su momento, fueron realizados en gabinete, es decir, que no se acudió al lugar de los hechos.
3. Que la aplicación de los protocolos de Estambul presentó serias deficiencias que no permitieron la documentación de prácticas de tortura realizadas a diversas personas detenidas.
4. Que, en varios momentos, la Oficina Especial para el Caso Iguala actuó bajo una lógica de investigación ministerial y no de documentación de violaciones a derechos humanos.
5. Que el trabajo de dicha Oficina Especial, se hizo bajo secrecía y fragmentación de la información, a grado tal que las personas que participaron en las diversas diligencias desconocían lo que el resto del personal realizaba en torno al caso.
6. Que se obvió el papel de integrantes de las Fuerzas Armadas en los hechos.
7. Que no se consideró la importancia de investigar la cadena de los mandos medios policiacos, y su participación por acciones u omisiones durante los hechos victimizantes.
Es por ello, que la CNDH reconoce las legítimas demandas de madres y padres de los estudiantes normalistas, se solidariza con su dolor acompañándolos en su lucha, y exhorta a las diversas autoridades a cumplir con el mandato constitucional que la reforma constitucional del 10 de junio de 2011 ordena a las diversas agencias e instituciones del Estado mexicano, en sus tres órdenes de gobierno, para garantizar los derechos humanos de todas las personas.
Finalmente, el Informe que hoy se hace público, plantea una serie de acciones para subsanar las deficiencias u omisiones que en su momento se hayan cometido por parte de esta Comisión, y más aún por las autoridades encargadas de esclarecer los lamentables hechos, para poder diseñar el esbozo de una ruta que permita cumplir con las obligaciones que tiene el Estado, incluida la CNDH, con las personas víctimas y con la sociedad en su conjunto, para que en las nuevas rutas de investigación se garanticen efectivamente los derechos a la Verdad, a la Justicia, y por ende a la reparación integral, a la Memoria y a la no repetición de los hechos victimizantes.
¡Defendemos al pueblo!