La Defensora del Pueblo de Honduras, Blanca Izaguirre, hace un llamado urgente y enérgico a respetar los Derechos Humanos de las personas indígenas de la comunidad “Tierras del Padre”
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La Titular del CONADEH, Blanca Izaguirre, ante la ejecución de la orden judicial de desalojo hoy miércoles nueve (9) de febrero de 2022, contra miembros de la Comunidad Indígena Lenca “Tierras del Padre” en el Municipio de Santa Ana, Francisco Morazán, tiene a bien dirigirse a la comunidad internacional, las autoridades estatales y a la población en general para comunicar que:
Tras la notificación de la ejecución de esta orden judicial, desde tempranas horas este día, personal del CONADEH se desplazó al lugar, brindando acompañamiento a los miembros de esta comunidad, iniciando un proceso de diálogo que finalmente fue infructuoso, a fin de que las autoridades responsables de la ejecución de esta orden, permitieran conceder un espacio de tiempo prudencial a las entidades gubernamentales que ofrezcan una respuesta que garantice de manera suficiente los derechos humanos a estos pobladores, tales como la vivienda, la alimentación, la salud y la educación entre otros. En este sentido, el CONADEH tiene a bien informar que el once (11) de noviembre de 2021, ante la suspensión de la ejecución de esta misma orden judicial, dirigió de manera urgente el Oficio No. DC-149-2021/ATD a la Secretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, como institución gubernamental referente en materia de derechos humanos, haciendo de su conocimiento los hechos acontecidos y solicitándole de manera URGENTE la realización inmediata de acciones de coordinación e implementación de medidas que garantizaran a todos los miembros de la Comunidad indígena Lenca “Tierras del Padre” en su faceta prestacional todos sus derechos sociales, reconocidos en la Constitución de la República y los Tratados internacionales ratificados por el Estado de Honduras en esta materia.
Por todo lo anterior y ante estos lamentables hechos, la Defensora del Pueblo considera oportuno emitir las recomendaciones siguientes:
Al Congreso Nacional, la pronta revisión para la reforma del Decreto legislativo N°93-2021, publicado en el diario Oficial La Gaceta N°35,760 de fecha 1 de noviembre del año 2021, en lo referido al artículo. 378 numeral 4, párrafo segundo, que reincorpora la figura del “desalojo” al tipo penal de Usurpación ya derogado anteriormente al entrar en vigencia el actual Código Penal, lesionando gravemente con ello disposiciones de rango constitucional vigente y de la armonía con los estándares internacionales en materia de derechos humanos.
A la Policía Nacional, el respeto irrestricto de los derechos humanos a la vida y la integridad personal de los niños, niñas, adultos mayores, personas con discapacidad de esta comunidad, recordando que el despliegue innecesario, desproporcional e irrazonable de agentes de seguridad pública en territorios indígenas, es considerada histórica y sistemáticamente una práctica intimidatoria y de represión que tiene entre sus propósitos el debilitamiento de las acciones de defensa de los derechos de propiedad comunal, de cuya legitimidad están dotados a realizar los pueblos originarios. En este sentido, el Estado únicamente tiene la obligación de respetar y proteger la realización de estos derechos.
Al Poder Judicial y al Ministerio Publico, observar e incluir en el ejercicio de sus funciones públicas, el cumplimiento de las obligaciones internacionales adquiridas por el Estado hondureño en materia de derechos humanos, especialmente aquella de “prevenir violaciones a derechos humanos” además de implementar un innegociable control de convencionalidad difuso en la construcción y emisión de sus resoluciones jurisdiccionales, particularmente para este tipo de casos. Evitando con ello continuar utilizando el derecho penal como prima ratio, y mecanismo sistemático de criminalización de la defensa de derechos humanos de los grupos en condición de vulnerabilidad, específicamente contra personas y comunidades indígenas.