Minuta sobre acciones constitucionales de amparo interpuestas en contra de órdenes de expulsión de migrantes 2021
- Chile
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1) Datos generales Entre el 01 de enero y el 06 de junio de 2021, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) ha interpuesto un total de 44 acciones constitucionales de amparo a favor de 155 personas migrantes con decreto de expulsión vigente. De éstos, se ha concretado la expulsión de 28 personas, en instancias de expulsiones masivas.
Respecto al estado de tramitación de las acciones judiciales señaladas, 15 se encuentran en proceso y 29 han sido terminadas. De estas últimas, la forma de término se distribuye del siguiente modo:
Cabe mencionar que 3 causas fueron rechazadas en primera instancia por la respectiva Corte de Apelaciones1, pero que lograron ser revocadas en apelación ante la Corte Suprema.
2) Expulsiones masivas Durante el presente año, el INDH ha constatado cuatro hitos de expulsiones masivas, suscitados en los meses de enero, abril, mayo y junio. Frente a estas situaciones, fueron interpuestas un total de 13 acciones constitucionales de amparo al favor de 75 personas. De estas, 28 fueron efectivamente expulsadas. En la presente tabla se desglosa la fecha de la detención para efectos de la expulsión, la fecha de interposición del recurso, la individualización de la causa y el número de amparados, señalándose aquellos quienes tienen sentencia favorable y cuántos fueron efectivamente expulsados.
Cabe hacer las siguientes precisiones. En la causa rol 32-2021, el total de amparados fue de 23 personas, a las cuales se les realizó entrevistas por parte la sede de Iquique y la Unidad de Protección y Derechos del INDH. Al contar los amparados con múltiples acciones a su favor que fueron falladas con anterioridad, finalmente solo 3 de ellos tuvieron un pronunciamiento favorable.
Se solicitó el desistimiento en los recursos rol 301-2021 y 305-2021 de la Corte de Apelaciones de Iquique, y rol 144-2021 de la Corte de Apelaciones de Arica debido a recursos de amparos interpuestos con anterioridad por otras instituciones o abogados particulares que fueron acogidos previo a la vista de las causas representadas por el INDH.
Las expulsiones masivas del mes de mayo finalmente no se ejecutaron.
3) Sobre expulsiones de personas de nacionalidad venezolana 05 y 06 de junio.
El sábado 5 de junio por la mañana se tomó conocimiento de las detenciones de personas migrantes de nacionalidad venezolana, en distintos cuarteles de la PDI, y en distintas regiones del país.
Funcionarios del INDH entrevistar personalmente a las personas detenidas, previo a presentar, en los casos en que correspondiera, un recurso de amparo. En el caso de algunas personas detenidas, es necesario señalar que contaban con abogado particular.
En total, 23 personas fueron entrevistadas en las ciudades de Santiago, Iquique y Valdivia. Se definió presentar recursos de amparo por 4 de ellas, de acuerdo a los principios que en la materia guían la acción del INDH, establecidos en el Protocolo de Migrantes: reunificación familiar y necesidad de protección.
A diferencia de otras ocasiones, en esta oportunidad, todas las personas detenidas eran migrantes de nacionalidad venezolana. En el caso de las personas entrevistadas por el INDH, se trataba de expulsiones por infracciones administrativas, en su mayoría por ingreso por paso no habilitado; y no por la comisión de delitos (expulsiones judiciales).
Los recursos se presentan en la Corte que corresponde a la Intendencia (Gobierno Regional) que emite la orden de expulsión. La Corte de Arica, en el caso de uno de nuestros recursos, sesionó de manera extraordinaria y acogió la orden de no innovar solicitada, dejando sin efecto la medida de expulsión hasta resolver el fondo del asunto la expulsión. No ocurrió lo mismo con las restantes Cortes.
El hecho de que estas expulsiones sean realizadas durante los fines de semanas ha sido objeto de cuestionamiento, puesto que impide el funcionamiento regular de los tribunales superiores de justicia, sobre todo para efectos de conceder o no una orden de no innovar.
Sin embargo, el pasado 10 de junio, el Presidente de la Corte Suprema instruyó formalmente a todas las Cortes de Apelaciones del país para que en casos urgentes como los señalados, sesionasen en día y hora inhábil, para pronunciarse de manera oportuna frente a los recursos de amparo que sean interpuestos cuestionando la legalidad de las expulsiones. Esta medida fue especialmente valorada por el INDH.