Defensoría del Pueblo pide al estado incidir en acciones que erradiquen la discriminación contra la población adulta mayor
- Bolivia
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La Defensoría del Pueblo, en el Día Internacional de las Personas de Edad establecido el 14 de diciembre de 1990 por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), reafirma su compromiso para continuar trabajando en contra de la discriminación de las personas adultas mayores y por el cumplimiento de la Constitución Política del Estado que en el parágrafo II del artículo 68, prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores.
Asimismo, recuerda que el artículo 3 de la Ley General de las Personas Adultas Mayores tiene como uno de sus principios la No Discriminación a esta población, a fin de prevenir y erradicar toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos fundamentales y libertades de éstas.
Durante el periodo de la pandemia de la COVID-19, la población adulta mayor es la que ha demostrado mayor capacidad de resiliencia, adquirida a lo largo de los años, lo que le ha permitido transmitir sus conocimientos, sabiduría, experiencias y promover el respeto a su autonomía a pesar que la emergencia sanitaria mermó sus formas de relacionamiento social, emocional y de comunicación familiar; y en particular, la afectación de su derecho a la salud física y mental, enfrentando un mayor grado de discriminación a causa de la edad.
Por la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra este grupo poblacional, se han registrado picos altos de contagios por coronavirus que alcanzan a más de 135.311 casos confirmados; más del 50 % del total de decesos por este virus en el país corresponden a personas adultas mayores.
La institución defensorial observa la falta de políticas por parte del Estado, y lamenta que no se haya tomado en cuenta la propuesta “Lineamientos de Prevención y Abordaje del COVID–19, en Centros de Acogida de larga estadía para Personas Adultas Mayores”, que de manera formal se ha remitido para su aprobación. De igual manera, y con la finalidad de generar condiciones de atención y protección a esta población, y considerando el contexto de la pandemia, ha elaborado una propuesta de norma municipal que fue presentada en 50 Gobiernos Autónomos Municipales del país.
En el marco de lo que establece la normativa nacional vigente y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada mediante Ley Nº 872 que establece en su artículo 5 el Derecho a la igualdad y no discriminación por razones de edad, la Defensoría del Pueblo llama al nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas a desarrollar enfoques específicos en sus políticas, planes y legislaciones sobre envejecimiento y vejez, en relación con la persona adulta mayor en condición de vulnerabilidad y aquellas que son víctimas de discriminación múltiple.
Finalmente, recuerda que el 23 de abril de este año, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó a los Estados implementar medidas económicas en favor de la población adulta mayor, acompañadas de estrategias de pago seguro para la protección de las personas adultas mayores, a fin de evitar aglomeración y contagio, con horarios especiales o trato preferencial en los puntos de pago, asistidas por personal policial capacitado en un trato adecuado a las personas adultas mayores y difundidas en campañas de comunicación accesibles.