Defensoría realizó conversatorio sobre mecanismos de prevención de la tortura
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Con la participación del español Pau Pérez, psiquiatra especialista en Prevención y Control de la Tortura, la oficina nacional de la Defensoría del Pueblo realizó el conversatorio ‘Funciones de los mecanismos nacionales de prevención de la tortura y la documentación de estos hechos’.
El Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya Aro, ponderó la visita de Pau Pérez, porque mediante la transmisión de sus conocimientos y recomendaciones en la temática, los operadores defensoriales podrán perfeccionar las intervenciones y sus acciones en espacios donde se encuentran las personas privadas de libertad.
“Es una satisfacción tener acá a un impulsor de los mecanismos de prevención y partícipe de la construcción del protocolo de Estambul”, apuntó Callisaya al evento donde contó con la participación de la Directora Ejecutiva ITEI, Emma Bolshia Bravo.
El Protocolo de Estambul, como es conocido popularmente, es el Manual de Investigación y Documentación Efectiva sobre Tortura, Castigos y Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes, más conocido como el primer conjunto de normas internacionales para documentar la tortura y sus consecuencias.
El 29 de septiembre de 2021, la Ley N° 1397, modifica en parte a la Ley N. ° 870 (Ley del Defensor del Pueblo) y designa a la Defensoría del Pueblo como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) del Estado Plurinacional de Bolivia.
En ese contexto, el experto español, destacó la implementación del MNP en el país afirmando que “es un mecanismo joven que está empezando, que busca su identidad y la manera de pensarse a sí mismos”.
Al respecto, el Defensor del Pueblo adelantó que la próxima semana, se presentará el primer informe de gestión del MNP, el lunes 21 de agosto en la Asamblea Legislativa Plurinacional.
“Creemos que es uno de los hitos importantes para la construcción del respeto a la vida del ser humano y de proscribir estas prácticas que atentan contra estos derechos de las personas”, aseguró Callisaya.
Según el Protocolo Facultativo de la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, los MNP a nivel mundial cumplen con facultades en común que permiten la reducción de los casos de tortura en personas privadas de libertad, porque deben examinar, recomendar, proponer y observar la legislación vigente en favor de esta población en situación de vulnerabilidad.